La contradicción de criterios se actualiza cuando dos tribunales colegiados de circuito, al resolver casos similares, emiten sentencias que son formal y materialmente contradictorias, lo que justifica la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para unificar la interpretación jurídica.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la existencia de una contradicción de criterios entre tribunales colegiados. El asunto se centró en determinar si el juicio de amparo contra actos del ISSSTE que modifican o restringen derechos de pensión puede promoverse en cualquier momento o si deben observarse los plazos legales. La Sala resolvió que la contradicción era procedente y que debía prevalecer un criterio unificado.
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