La determinación unilateral del Congreso Local de otorgar una pensión con cargo al presupuesto del Poder Judicial, sin transferirle los recursos necesarios, vulnera la autonomía presupuestal y la independencia de este último, contraviniendo el principio de división de poderes.
El Poder Judicial del Estado de Morelos impugnó la validez de los artículos 2o. y 3o. del Decreto 1323, emitido por el Poder Legislativo local, que otorgaba una pensión por cesantía en edad avanzada a una persona con cargo al presupuesto del Poder Judicial, sin la transferencia de los fondos correspondientes. La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez parcial del decreto, al considerar que la decisión del Congreso de disponer de los recursos del Poder Judicial sin dotarlo de los fondos necesarios para cubrir la pensión, constituye una afectación a su autonomía e independencia, y por ende, una violación al principio de división de poderes.
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