La facultad municipal de autorizar, controlar y vigilar el uso del suelo y otorgar licencias de construcción se encuentra limitada por las regulaciones federales en materias reservadas como hidrocarburos, equilibrio ecológico, protección al ambiente, y la industria eléctrica, impidiendo a los municipios gravar aspectos que corresponden a la esfera de competencia exclusiva de la federación.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la facultad de los municipios para autorizar y licenciar el uso de suelo y construcciones, reconociendo que esta competencia está limitada por la normatividad federal en materias reservadas. En el caso concreto, se determinó que las disposiciones municipales que gravan aspectos relacionados con hidrocarburos y energía eléctrica exceden los supuestos permitidos, ya que estas materias son de competencia exclusiva de la federación y no pueden ser gravadas por el congreso local o las autoridades municipales.
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