InvestigaciónDocumento
En línea
3459/24-03-02-5SobreseeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
TFJA · Segunda Sala Regional en Sinaloa

El sobreseimiento del juicio contencioso administrativo procede cuando el contribuyente consiente el crédito fiscal al no interponer el medio de defensa en el plazo legalmente establecido, aun cuando alegue ilegalidades en las notificaciones del procedimiento administrativo de ejecución, si estas se entendieron directamente con él.

Expediente
3459/24-03-02-5
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
4 nov 2025
Materia
fiscal
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

El sobreseimiento del juicio contencioso administrativo procede cuando el contribuyente consiente el crédito fiscal al no interponer el medio de defensa en el plazo legalmente establecido, aun cuando alegue ilegalidades en las notificaciones del procedimiento administrativo de ejecución, si estas se entendieron directamente con él.

Resumen

La Segunda Sala Regional en Sinaloa del Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó sobreseer un juicio promovido contra un procedimiento administrativo de ejecución. La Sala consideró que el actor consintió el crédito fiscal al no interponer su demanda dentro del plazo de treinta días hábiles, contado a partir de la notificación del avalúo del bien embargado. A pesar de que el actor alegó ilegalidades en las notificaciones, la Sala determinó que las notificaciones del avalúo y de la convocatoria de remate fueron legalmente válidas al haberse entendido directamente con el contribuyente, lo que convalidó cualquier posible irregularidad formal y activó el plazo para impugnar.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.