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222/2015TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito

La revisión fiscal es infundada cuando los argumentos de la autoridad fiscal no desvirtúan las razones expuestas por el contribuyente en su defensa.

Expediente
222/2015
Tribunal
Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito
Ponente
Victor Manuel Méndez Cortés
Fecha
17 mar 2016
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La revisión fiscal es infundada cuando los argumentos de la autoridad fiscal no desvirtúan las razones expuestas por el contribuyente en su defensa.

Resumen

El tribunal colegiado resolvió el recurso de revisión fiscal declarándolo infundado. Esto significa que los argumentos presentados por la autoridad fiscal para impugnar la sentencia del tribunal de justicia administrativa no fueron suficientes para demostrar la ilegalidad de dicha sentencia. Por lo tanto, se confirma la decisión favorable al contribuyente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.