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152/2016TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La omisión en la entrega de recursos federales a los municipios, incluyendo participaciones y aportaciones, vulnera el principio de integridad de la hacienda municipal consagrado en el artículo 115 constitucional, al privarlos de los medios económicos necesarios para el ejercicio de sus atribuciones.

Expediente
152/2016
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
17 jun 2019
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La omisión en la entrega de recursos federales a los municipios, incluyendo participaciones y aportaciones, vulnera el principio de integridad de la hacienda municipal consagrado en el artículo 115 constitucional, al privarlos de los medios económicos necesarios para el ejercicio de sus atribuciones.

Resumen

El Municipio de Ixhuatlán del Sureste promovió controversia constitucional contra el Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz por la omisión en la entrega de diversas participaciones y aportaciones federales. La Suprema Corte determinó que la retención o retraso en la entrega de estos recursos, una vez que la Federación los ha transferido al Estado, viola el principio de integridad de la hacienda municipal, garantizado por el artículo 115 constitucional. Por lo tanto, se consideró que la omisión en la entrega de estos fondos, así como el pago de intereses correspondientes, es materia de análisis en la controversia constitucional.

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