La entrega extemporánea de recursos federales a los municipios genera la obligación de pagar intereses moratorios, en virtud del principio de integridad de los recursos económicos municipales.
La controversia constitucional se centró en la omisión del Poder Ejecutivo de Veracruz de entregar participaciones y aportaciones federales a diversos municipios, así como el pago de intereses moratorios. La Suprema Corte determinó que la entrega extemporánea de estos recursos viola el principio de integridad de la hacienda municipal, consagrado en el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Federal. Por lo tanto, se condenó al pago de los montos adeudados y los intereses correspondientes, estableciendo que la omisión de pago genera un daño que debe ser reparado.
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