La cosa juzgada no opera cuando la resolución que se impugna es la dictada en un recurso de apelación, pues esta no constituye la sentencia definitiva que pone fin al juicio.
El tribunal de amparo concedió la protección solicitada al considerar que la resolución impugnada, al ser dictada en un recurso de apelación, no produce el efecto de cosa juzgada. Por lo tanto, no impide que el juicio de nulidad continúe su trámite hasta la emisión de una sentencia definitiva que resuelva el fondo del asunto.
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