InvestigaciónDocumento
En línea
58/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito

La confirmación de la resolución recurrida procede ante la infundad de los agravios expresados por la autoridad fiscal, cuando estos se limitan a cuestionar el alcance probatorio de documentos sin desvirtuar la consideración central de la sala responsable.

Expediente
58/2025
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito
Ponente
Amílcar Asael Estrada Sánchez
Fecha
7 may 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La confirmación de la resolución recurrida procede ante la infundad de los agravios expresados por la autoridad fiscal, cuando estos se limitan a cuestionar el alcance probatorio de documentos sin desvirtuar la consideración central de la sala responsable.

Resumen

El tribunal confirma la resolución recurrida al declarar infundados los agravios de la autoridad fiscal. La autoridad se limitó a cuestionar el valor probatorio de ciertos documentos, sin lograr desvirtuar la consideración central de la sala responsable, lo que resulta insuficiente para revocar la decisión original.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.