Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, con residencia en Xalapa, Veracruz· tema sin holding extraído
CORRECTO CÁLCULO DE SEMANAS COTIZADAS. PENSIÓN DE CESANTÍA.
Lo anterior es así, pues tal como lo precisó el quejoso, resultó incorrecta la determinación de la autoridad responsable de considerar que con las probanzas que ofreció el actor, resultaban insuficientes para acreditar el periodo se semanas que cotizó el actor entre los años "1991" y "1999" pues la carga probatoria para desvirtuar ello, le correspondía al instituto demandado, sin que se advierte de las constancias de autos, que sí lo haya hecho. Por lo que no existe prueba que demuestre lo contrario.
Expediente
1331/2023
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, con residencia en Xalapa, Veracruz
Ponente
Juan Manuel Jiménez Jiménez
Fecha
18 may 2026
Materia
laboral
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
CORRECTO CÁLCULO DE SEMANAS COTIZADAS. PENSIÓN DE CESANTÍA.
Lo anterior es así, pues tal como lo precisó el quejoso, resultó incorrecta la determinación de la autoridad responsable de considerar que con las probanzas que ofreció el actor, resultaban insuficientes para acreditar el periodo se semanas que cotizó el actor entre los años "1991" y "1999" pues la carga probatoria para desvirtuar ello, le correspondía al instituto demandado, sin que se advierte de las constancias de autos, que sí lo haya hecho. Por lo que no existe prueba que demuestre lo contrario.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.