InvestigaciónDocumento
En línea
712/2023ConcedeSCJNConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SEGUNDA SALA

La aplicación del principio pro persona exige que las autoridades fiscales resuelvan sobre el abandono de un procedimiento en un plazo razonable, sin que sea aplicable supletoriamente el plazo de caducidad de cinco años previsto para las facultades de comprobación.

Expediente
712/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
Fecha
10 ene 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La aplicación del principio pro persona exige que las autoridades fiscales resuelvan sobre el abandono de un procedimiento en un plazo razonable, sin que sea aplicable supletoriamente el plazo de caducidad de cinco años previsto para las facultades de comprobación.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la autoridad fiscal violó el principio pro persona al demorar injustificadamente la resolución sobre el abandono de un procedimiento. La juzgadora aplicó erróneamente el plazo de cinco años de caducidad de las facultades de comprobación del Código Fiscal de la Federación, cuando dicho plazo no es aplicable a la resolución de abandono, la cual debe resolverse en un tiempo prudente para no vulnerar los derechos del contribuyente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.