La invalidez de una norma local que regula el sistema anticorrupción es procedente si se emite antes de la entrada en vigor de las leyes generales federales que establecen las bases de coordinación y distribución de competencias, pues contraviene la mecánica transicional prevista en la reforma constitucional.
La Procuraduría General de la República promovió una acción de inconstitucionalidad contra un decreto del Estado de Chihuahua que reformó su Constitución y Ley Orgánica para crear una Fiscalía Especializada Anticorrupción. La accionante argumentó que el Congreso local carecía de competencia para legislar en esta materia hasta que el Congreso de la Unión emitiera las leyes generales correspondientes, conforme a las disposiciones transitorias de la reforma constitucional en materia de combate a la corrupción. La Suprema Corte determinó que, efectivamente, la emisión de la norma local antes de la entrada en vigor de las leyes generales federales violaba la mecánica transicional establecida, por lo que declaró la invalidez del decreto.
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