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NiegaTCCJurisprudencia firme11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Tesis

La exigencia de que la persona que solicite la compensación económica haya desempeñado trabajo del hogar o de cuidado no contraviene el derecho a la propiedad, al tener como finalidad resarcir los costos de oportunidad generados por dichas labores.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
2 dic 2022
Materia
civil
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La exigencia de que la persona que solicite la compensación económica haya desempeñado trabajo del hogar o de cuidado no contraviene el derecho a la propiedad, al tener como finalidad resarcir los costos de oportunidad generados por dichas labores.

Resumen

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la presente contradicción de criterios en materia de compensación económica. El debate se centró en determinar si el requisito de haber realizado trabajo del hogar o de cuidado para acceder a dicha compensación violaba el derecho a la propiedad. La Sala determinó que dicho requisito está justificado, pues la compensación busca resarcir los costos de oportunidad de esas labores, las cuales históricamente han desvalorizado y afectado desproporcionadamente a las mujeres. Se enfatizó que existen otros mecanismos para evitar el empobrecimiento injustificado y que la figura no busca igualar patrimonios, sino reconocer una contribución específica.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.