El derecho a la salud, entendido como la obligación del Estado de establecer mecanismos para el acceso a servicios de salud que propicien el bienestar general, se vincula con el derecho fundamental a la integridad físico-psicológica.
Un militar promovió amparo indirecto contra el artículo 35, segundo párrafo, de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, argumentando su inconstitucionalidad. El Juez de Distrito negó el amparo respecto a la violación de derechos fundamentales, pero lo concedió por falta de motivación suficiente en el acto de aplicación. La Suprema Corte, al analizar los conceptos de inconstitucionalidad, determinó que el derecho a la salud se relaciona con la integridad físico-psicológica.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.