La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer de recursos de revisión contra sentencias dictadas en audiencia constitucional, cuando se impugnen normas generales por inconstitucionales o cuando la sentencia interprete directamente un precepto constitucional y subsista el problema de constitucionalidad.
El asunto versa sobre la competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer de recursos de revisión en materia de amparo. Se establece que la Corte es competente cuando se impugnan normas generales por considerarlas inconstitucionales, o cuando la sentencia de amparo implica la interpretación directa de un precepto constitucional y dicho tema de constitucionalidad persiste en la revisión. El extracto cita el artículo 83 de la Ley de Amparo, que define la competencia de la Corte en estos supuestos.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.