La concesión de una pensión por jubilación a cargo del presupuesto del Poder Judicial de una entidad federativa, realizada por su Poder Legislativo sin la transferencia de los recursos necesarios, vulnera la autonomía presupuestaria y la división de poderes.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Judicial del Estado de Morelos contra un decreto del Congreso local que otorgaba una pensión por jubilación a un ex trabajador de dicho Poder Judicial, cargándola al presupuesto de este último sin transferir los fondos correspondientes. La Corte determinó que esta acción legislativa invade la esfera de autonomía presupuestaria del Poder Judicial, contraviniendo el principio de división de poderes. Por ello, declaró la invalidez parcial del decreto en la parte que ordena al Poder Judicial cubrir la pensión, estableciendo que el Congreso debe modificar el decreto para determinar si el pago correrá a cargo del presupuesto general del Estado o si se transferirán los recursos necesarios al Poder Judicial.
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