La prescripción no opera en contra de la potestad de exigir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, pues estas son de orden público e interés social, y su exigibilidad trasciende el interés particular de las partes.
El presente asunto aborda la prescripción de la acción para exigir el cumplimiento de una sentencia de alimentos. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la prescripción no opera en contra de la potestad de exigir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. Esto se debe a que dichas obligaciones son de orden público e interés social, y su exigibilidad trasciende el interés particular de las partes, además de estar vinculadas al derecho a la vida digna y al interés superior de la infancia y adolescencia.
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