La importación de vehículos usados bajo el Tratado de Libre Comercio de América del Norte requiere que los certificados de origen sean expedidos por la armadora o, en su defecto, una declaración escrita de esta, para acreditar el origen y acceder al trato arancelario preferencial.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en cumplimiento a una ejecutoria de revisión fiscal, revocó su sentencia anterior. La controversia se centró en la validez de los certificados de origen para la importación de vehículos usados bajo el TLCAN. El Tribunal Colegiado determinó que los certificados presentados por el importador, emitidos por exportadores y no por las armadoras, no cumplían con los requisitos legales, ya que para el sector automotriz se exige la certificación directa del productor o una declaración escrita de este, y además, algunos certificados carecían de vigencia.
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