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251/2024ConcedeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La negativa de recibir una demanda de amparo indirecto, al impedir el inicio de un juicio, tiene una vinculación directa con la función jurisdiccional, por lo que debe ser analizada por el Juez de Distrito en materia civil.

Expediente
251/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
5 mar 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La negativa de recibir una demanda de amparo indirecto, al impedir el inicio de un juicio, tiene una vinculación directa con la función jurisdiccional, por lo que debe ser analizada por el Juez de Distrito en materia civil.

Resumen

La Primera Sala de la SCJN determinó que la negativa de recibir una demanda de amparo indirecto, al impedir el inicio de un juicio, tiene una vinculación directa con la función jurisdiccional. Por lo tanto, debe ser analizada por el Juez de Distrito en materia civil, pues dicha negativa produce consecuencias en el ámbito civil y está intrínsecamente ligada al desarrollo de un proceso judicial.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.