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579/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito

La usura en los pactos de intereses ordinarios y moratorios en el juicio especial hipotecario, al ser declarada, debe dar lugar a la reducción prudencial de dichos intereses, aplicándose retroactivamente la tasa reducida incluso a los ya pagados.

Expediente
579/2025
Tribunal
Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Ponente
Adriana Benilde Sánchez Ortega
Fecha
12 mar 2026
Materia
civil
Sentido

Holding · resolución sintética

La usura en los pactos de intereses ordinarios y moratorios en el juicio especial hipotecario, al ser declarada, debe dar lugar a la reducción prudencial de dichos intereses, aplicándose retroactivamente la tasa reducida incluso a los ya pagados.

Resumen

El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito concedió el amparo en un asunto de especial hipotecario. Determinó que cuando se comprueba la usura en los pactos de intereses ordinarios y moratorios, estos deben ser reducidos prudencialmente. La reducción se aplicará retroactivamente, abarcando incluso los intereses que ya hubieran sido pagados por el deudor.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.