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887/2024TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito· tema sin holding extraído

En suplencia de la queja, en términos del artículo 79, fracción V, de la Ley de Amparo, este Tribunal Colegiado advierte que la Sala responsable dictó un laudo incongruente, ya que únicamente se pronunció en torno al pago de prima vacacional que se generara con posterioridad al despido, lo que es indebido, si se toma en cuenta que el actor en su demandada reclamó el pago de dicho concepto en lo "adeudado", esto es, el que se hubiera generado durante la relación y que el demandado no le hubiera cubierto. De modo que si bien ese recibo pone en evidencia el pago de prima vacacional del primer período de dos mil dieciocho, no queda probado su pago a la fecha en que terminó la relación, el veinte de diciembre de ese año, y respecto del cual, en todo caso, el trabajador tiene derecho al pago proporcional.

Expediente
887/2024
Tribunal
Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito
Ponente
Jesús Báez Rivas
Fecha
3 jul 2025
Materia
laboral
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

En suplencia de la queja, en términos del artículo 79, fracción V, de la Ley de Amparo, este Tribunal Colegiado advierte que la Sala responsable dictó un laudo incongruente, ya que únicamente se pronunció en torno al pago de prima vacacional que se generara con posterioridad al despido, lo que es indebido, si se toma en cuenta que el actor en su demandada reclamó el pago de dicho concepto en lo "adeudado", esto es, el que se hubiera generado durante la relación y que el demandado no le hubiera cubierto. De modo que si bien ese recibo pone en evidencia el pago de prima vacacional del primer período de dos mil dieciocho, no queda probado su pago a la fecha en que terminó la relación, el veinte de diciembre de ese año, y respecto del cual, en todo caso, el trabajador tiene derecho al pago proporcional.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.