El recurso de revisión en amparo directo es improcedente cuando los agravios se limitan a cuestiones de mera legalidad, salvo que se impugnen normas de la Ley de Amparo y se demuestre su inconstitucionalidad.
El presente recurso de revisión se declaró improcedente al considerar que los agravios del quejoso se limitaban a cuestiones de mera legalidad, como la valoración de pruebas y la acreditación de elementos del tipo penal. La Suprema Corte reiteró que para impugnar disposiciones de la Ley de Amparo en este tipo de recursos, es necesario demostrar la inconstitucionalidad de dichas normas, y no solo su indebida aplicación. Por lo tanto, los agravios que no cumplen con este requisito son inoperantes.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.