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363/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La reforma al artículo 123, apartado A, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al prohibir el uso del salario mínimo como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza, no disminuye ni merma el derecho a la indemnización por daños, sino que busca mantener la equidad y proporcionalidad en su cálculo.

Expediente
363/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
10 jul 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La reforma al artículo 123, apartado A, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al prohibir el uso del salario mínimo como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza, no disminuye ni merma el derecho a la indemnización por daños, sino que busca mantener la equidad y proporcionalidad en su cálculo.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza una reforma al artículo 123, apartado A, fracción VI, de la Constitución, que prohíbe el uso del salario mínimo como índice o referencia para fines ajenos a su naturaleza. La Corte determina que esta reforma no afecta el derecho a la indemnización por daños, sino que busca asegurar la equidad y proporcionalidad en su cálculo, alineándose con la prohibición constitucional de utilizar el salario mínimo para obligaciones de naturaleza civil, mercantil, fiscal y administrativa.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.