Los recursos de reclamación interpuestos contra autos de trámite dictados por la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación deben ceñirse a combatir los motivos y fundamentos de dichas determinaciones, sin que puedan abarcar cuestiones ajenas a ellas.
El presente asunto resuelve un recurso de reclamación contra un acuerdo de trámite que admitió una denuncia de contradicción de criterios. La Suprema Corte determinó que los agravios en un recurso de reclamación deben centrarse exclusivamente en combatir los fundamentos del auto de trámite impugnado, sin extenderse a cuestiones de fondo o ajenas a la legalidad del acuerdo. Al considerar los agravios infundados e inoperantes, se confirmó el proveído impugnado.
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