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189/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

El recurso de reclamación es improcedente cuando se interpone contra un acuerdo de trámite dictado por la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que desecha un recurso por notoriamente improcedente.

Expediente
189/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
28 may 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El recurso de reclamación es improcedente cuando se interpone contra un acuerdo de trámite dictado por la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que desecha un recurso por notoriamente improcedente.

Resumen

El presente asunto deriva de un recurso de reclamación interpuesto contra un acuerdo de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que desechó un amparo en revisión por notoriamente improcedente. El tribunal de alzada confirmó dicho acuerdo, al considerar que el recurso de reclamación es improcedente en estos casos, pues los acuerdos de trámite de la Presidencia no admiten este tipo de impugnación. Por lo tanto, se confirmó el desechamiento del recurso original.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.