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35/2024-CAOtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La atribución de facultades hacendarias y administrativas de una secretaría de finanzas a una fiscalía general de justicia, sin que estas últimas tengan naturaleza judicial o punitiva, contraviene el principio de seguridad jurídica.

Expediente
35/2024-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
18 sep 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La atribución de facultades hacendarias y administrativas de una secretaría de finanzas a una fiscalía general de justicia, sin que estas últimas tengan naturaleza judicial o punitiva, contraviene el principio de seguridad jurídica.

Resumen

Se analiza la violación al principio de seguridad jurídica previsto en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La cuestión jurídica radica en determinar si la atribución de facultades en materia administrativa, fiscal y financiera de una secretaría de finanzas a una fiscalía general de justicia, contraviene dicho principio. El tribunal determinó que sí, al confundir las facultades administrativas y hacendarias con las judiciales y punitivas, y al atribuir funciones que por su naturaleza no son penales ni judiciales a un órgano de carácter punitivo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.