La suplencia de la queja deficiente en materia penal no puede hacer procedente un recurso de revisión que en sí mismo no lo es.
En asuntos penales, la suplencia de la queja deficiente, prevista en la Ley de Amparo, no puede utilizarse para hacer procedente un recurso de revisión que de origen no cumple con los requisitos legales para su interposición. La Suprema Corte de Justicia de la Nación aclara que esta figura procesal tiene límites y no puede subsanar la improcedencia intrínseca de un medio de impugnación.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.