La falta de acreditamiento del conocimiento del imputado sobre la existencia del arma, así como de algún acto de disponibilidad o acuerdo previo entre los detenidos, es suficiente para confirmar el auto de no vinculación a proceso.
Se confirma el auto de no vinculación a proceso al no haberse acreditado que la imputada tuviera conocimiento de la existencia del arma o algún acto de disponibilidad o acuerdo previo entre los detenidos. La resolución se basa en la ausencia de elementos que demuestren la participación consciente de la imputada en la posesión del arma de fuego, lo cual es un requisito para la vinculación a proceso en este tipo de delitos.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.