InvestigaciónDocumento
En línea
NiegaTCCTesis aislada9ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Tesis

El artículo 25 de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación no transgrede la garantía de audiencia del artículo 14 de la Constitución, al ser facultad discrecional de la autoridad hacendaria aceptar o negar la dación de bienes o servicios en pago de créditos fiscales.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 abr 1999
Materia
administrativa
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El artículo 25 de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación no transgrede la garantía de audiencia del artículo 14 de la Constitución, al ser facultad discrecional de la autoridad hacendaria aceptar o negar la dación de bienes o servicios en pago de créditos fiscales.

Resumen

El presente fallo analiza si el artículo 25 de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación vulnera la garantía de audiencia consagrada en el artículo 14 de la Constitución. Se determina que dicha disposición legal no contraviene la Constitución, ya que la aceptación o negativa de la dación en pago de créditos fiscales es una facultad discrecional de la autoridad hacendaria, la cual debe ejercerse considerando los requisitos establecidos para tal efecto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.