La inconstitucionalidad del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación, en la porción normativa que adicionó los párrafos sexto al decimoctavo, al contravenir los derechos fundamentales de igualdad y seguridad jurídica previstos en los artículos 1o., 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por aplicarse de manera restrictiva a contribuyentes sujetos a facultades de comprobación.
Se declara la inconstitucionalidad del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación, específicamente la adición de los párrafos sexto al decimoctavo, por violar los derechos de igualdad y seguridad jurídica. La norma impugnada solo se aplica a contribuyentes sujetos a facultades de comprobación, como visitas domiciliarias o revisiones de gabinete, dejándolos en un estado de incertidumbre jurídica frente a la ley y a otros contribuyentes. Se considera que los actos de molestia de la autoridad fiscal deben cumplir con las formalidades esenciales del procedimiento y los requisitos constitucionales de fundamentación y motivación.
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