La obligación de declarar operaciones cuyo monto acumulado en el ejercicio sea inferior a $60,000,000 de pesos, no aplica a los contribuyentes que componen el sistema financiero.
El criterio establece que la exención de declarar operaciones por montos menores a $60,000,000 de pesos, prevista en el Código Fiscal de la Federación, no es aplicable a los contribuyentes que forman parte del sistema financiero. Esto se deriva de la interpretación de las disposiciones fiscales que regulan las obligaciones de declaración y reporte de operaciones.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.