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5726/2025ConcedeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La inconstitucionalidad de los artículos 294 y 295 del Código Federal de Procedimientos Penales se declara al vulnerar los artículos 1o., 14, 16 y 133 constitucionales, al permitir que la persona juzgadora actúe como auxiliar del órgano ministerial.

Expediente
5726/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
SARA IRENE HERRERÍAS GUERRA
Fecha
18 mar 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La inconstitucionalidad de los artículos 294 y 295 del Código Federal de Procedimientos Penales se declara al vulnerar los artículos 1o., 14, 16 y 133 constitucionales, al permitir que la persona juzgadora actúe como auxiliar del órgano ministerial.

Resumen

Se analiza la constitucionalidad de los artículos 294 y 295 del Código Federal de Procedimientos Penales, los cuales fueron impugnados por permitir que el juzgador actúe como auxiliar del Ministerio Público. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en línea con su jurisprudencia consolidada sobre conclusiones no acusatorias, declara la inconstitucionalidad de dichos preceptos al considerar que vulneran los artículos 1o., 14, 16 y 133 de la Constitución Federal.

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