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TCCTesis aislada10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Tesis

El acta final de una visita domiciliaria no requiere de fundamentación y motivación, pues su naturaleza es meramente informativa y de registro de los hechos, sin que constituya un acto de molestia que obligue al contribuyente a desvirtuar lo asentado, ya que será la resolución definitiva la que determine el crédito fiscal y deba cumplir con dichas exigencias.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
7 nov 2014
Materia
constitucional
Sentido

Holding · resolución sintética

El acta final de una visita domiciliaria no requiere de fundamentación y motivación, pues su naturaleza es meramente informativa y de registro de los hechos, sin que constituya un acto de molestia que obligue al contribuyente a desvirtuar lo asentado, ya que será la resolución definitiva la que determine el crédito fiscal y deba cumplir con dichas exigencias.

Resumen

El presente criterio establece que el acta final de una visita domiciliaria no está sujeta al requisito de fundamentación y motivación. Esto se debe a su naturaleza informativa y de registro de los hechos observados durante la visita. A diferencia de otros actos de la autoridad fiscal, el acta final no impone una obligación o afectación directa al contribuyente, sino que sirve como base para una futura resolución. Por lo tanto, es la resolución definitiva la que debe cumplir con las formalidades de fundamentación y motivación, y no el acta de la visita.

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