La omisión de la Junta de otorgar a las partes el plazo legal para formular alegatos, constituye una violación procesal que afecta las defensas del quejoso y trasciende al resultado del fallo, al infringir el derecho de audiencia y la debida integración del laudo.
El Tribunal Colegiado concedió el amparo al trabajador debido a violaciones procesales en el juicio laboral. Se determinó que la Junta responsable omitió tramitar y resolver el incidente de sustitución procesal, y además, no otorgó a las partes el plazo de tres días para formular alegatos, lo cual es una formalidad esencial del procedimiento. Estas omisiones impidieron la defensa adecuada del trabajador y afectaron la correcta integración del laudo, justificando la reposición del procedimiento.
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