La falta de fundamentación y motivación en la determinación de las cuotas obrero-patronales, al no precisar la fracción específica del artículo 29 de la Ley del Seguro Social aplicable al caso concreto, genera la nulidad de la cédula de liquidación y la multa impuesta.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de una cédula de liquidación y multa emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social. La resolución determinó que la autoridad fiscal no cumplió con los requisitos de fundamentación y motivación al no especificar la fracción correcta del artículo 29 de la Ley del Seguro Social que aplicaba a la determinación de las cuotas obrero-patronales, generando confusión y violando la seguridad jurídica del contribuyente. La falta de precisión en la aplicación de las distintas fracciones del artículo 29, que contemplan diversos supuestos para el cálculo de las cuotas, resultó en la declaratoria de nulidad del crédito fiscal y la multa accesoria.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.