La falta de fundamentación y motivación de la competencia territorial de la autoridad que emite una boleta de infracción, genera la nulidad lisa y llana del acto impugnado, al vulnerar la seguridad jurídica del gobernado.
Se demanda la nulidad de una boleta de infracción emitida por la Guardia Nacional por prestar servicio de autotransporte sin permiso. La autoridad demandada no contestó la demanda. La Sala determinó que la Guardia Nacional no fundó ni motivó debidamente su competencia territorial para emitir la boleta, citando disposiciones generales pero sin especificar la circunscripción territorial de la coordinación o estación que emitió la infracción. Por lo anterior, se declara la nulidad lisa y llana del acto impugnado y se ordena la devolución de lo pagado por la multa.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.