La legitimación para impugnar resultados de cómputo distrital, declaración de validez y entrega de constancias de mayoría en la elección de magistraturas de la Sala Superior del TEPJF, corresponde exclusivamente a los candidatos de dicha elección.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un Juicio de Inconformidad en Materia Electoral, determinando que solo los candidatos a magistraturas de la Sala Superior del TEPJF tienen legitimación para impugnar los resultados de cómputo, la declaración de validez y la entrega de constancias. Quienes no tengan la calidad de candidatos carecen de interés jurídico y legítimo, actualizando la causal de improcedencia prevista en la ley electoral, lo que llevó al desechamiento del juicio.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.