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34/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La legitimación para impugnar resultados de cómputo distrital, declaración de validez y entrega de constancias de mayoría en la elección de magistraturas de la Sala Superior del TEPJF, corresponde exclusivamente a los candidatos de dicha elección.

Expediente
34/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
12 ago 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La legitimación para impugnar resultados de cómputo distrital, declaración de validez y entrega de constancias de mayoría en la elección de magistraturas de la Sala Superior del TEPJF, corresponde exclusivamente a los candidatos de dicha elección.

Resumen

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un Juicio de Inconformidad en Materia Electoral, determinando que solo los candidatos a magistraturas de la Sala Superior del TEPJF tienen legitimación para impugnar los resultados de cómputo, la declaración de validez y la entrega de constancias. Quienes no tengan la calidad de candidatos carecen de interés jurídico y legítimo, actualizando la causal de improcedencia prevista en la ley electoral, lo que llevó al desechamiento del juicio.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.