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3500/2024ConcedeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

Los créditos a favor de los trabajadores por salarios devengados y por indemnizaciones, gozan de preferencia sobre cualquier otro crédito, incluso aquellos con garantía real, conforme a la Constitución Federal y la legislación aplicable.

Expediente
3500/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
9 oct 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

Los créditos a favor de los trabajadores por salarios devengados y por indemnizaciones, gozan de preferencia sobre cualquier otro crédito, incluso aquellos con garantía real, conforme a la Constitución Federal y la legislación aplicable.

Resumen

El presente asunto deriva de un juicio especial hipotecario donde se demandó el vencimiento anticipado de un contrato de crédito con garantía hipotecaria. El recurrente, trabajador, alega que el Tribunal Colegiado de Circuito interpretó incorrectamente el artículo 123, apartado A, fracción XXIII de la Constitución Federal, al no otorgarle un mayor beneficio a su crédito laboral, el cual debe ser preferente a la garantía hipotecaria. Se sostiene que la preferencia constitucional del crédito laboral sobre los créditos con garantía real busca proteger al trabajador, aplicando el principio pro persona.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.