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SJF · Tesis

El pago del salario mínimo en numerario es una obligación irrestricta que no admite compensación o descuento, ni siquiera por concepto de alimentos, en virtud de su protección constitucional y legal.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1935
Materia
laboral
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El pago del salario mínimo en numerario es una obligación irrestricta que no admite compensación o descuento, ni siquiera por concepto de alimentos, en virtud de su protección constitucional y legal.

Resumen

El salario mínimo, conforme a la fracción X del artículo 123 constitucional y la Ley Federal del Trabajo, debe pagarse íntegramente en numerario. Los descuentos o compensaciones sobre este, incluso por alimentos, contravienen directamente estas disposiciones, afectando la protección que la ley otorga a este ingreso fundamental.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.