InvestigaciónDocumento
En línea
33/2026TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro· tema sin holding extraído

El ponente se ajusta al precedente derivado del toca penal 196/20225 que se resolvió por mayoría de votos en sesión ordinaria del veinticuatro de diciembre de dos mil veinticinco, con voto particular del suscrito; por lo que se confirma el auto recurrido en el que la juzgadora determinó que la pena multa impuesta en sentencia condenatoria, al haberse convertido en crédito fiscal, se encuentra vigente al no haber transcurrido los cinco años para su prescripción conforme al ariculo 146 del Código Fiscal de la Federación, y no en un año atento al precepto 113 del Código Penal Federal.

Expediente
33/2026
Tribunal
Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro
Ponente
Pedro Hermida Pérez
Fecha
26 may 2026
Materia
sin clasificar
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

El ponente se ajusta al precedente derivado del toca penal 196/20225 que se resolvió por mayoría de votos en sesión ordinaria del veinticuatro de diciembre de dos mil veinticinco, con voto particular del suscrito; por lo que se confirma el auto recurrido en el que la juzgadora determinó que la pena multa impuesta en sentencia condenatoria, al haberse convertido en crédito fiscal, se encuentra vigente al no haber transcurrido los cinco años para su prescripción conforme al ariculo 146 del Código Fiscal de la Federación, y no en un año atento al precepto 113 del Código Penal Federal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.