El amparo debe negarse cuando, a pesar de existir violaciones al proceso legislativo, estas no acreditan una afectación directa a la parte quejosa en relación con la aplicación de las normas reclamadas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza un amparo en revisión donde la quejosa impugnó un decreto de reforma a la Ley Minera. Si bien la Juez de Distrito concedió el amparo por violaciones al proceso legislativo, la Corte determinó que estas violaciones no acreditaron una afectación directa a la parte quejosa. Por lo tanto, se revocó la sentencia recurrida y se negó el amparo solicitado.
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