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1350/2014ConcedeJuzgadoConcede parcial10ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México

El proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, y su reforma, son inconstitucionales cuando dan lugar a exigir el pago de una preliquidación sin que se haya dado la oportunidad de ejercer el derecho de prueba.

Expediente
1350/2014
Tribunal
Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México
Ponente
Ileana Moreno Ramírez
Fecha
7 nov 2016
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, y su reforma, son inconstitucionales cuando dan lugar a exigir el pago de una preliquidación sin que se haya dado la oportunidad de ejercer el derecho de prueba.

Resumen

El Juzgado de Distrito sobresee el juicio respecto de la aplicación de disposiciones fiscales y la expedición de resoluciones misceláneas fiscales, así como de actos de autoridades ejecutoras y legislativas. Niega el amparo respecto de diversos artículos del Código Fiscal de la Federación, reglamentos y resoluciones misceláneas. Concede el amparo respecto del proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación y su reforma, para el efecto de que la sola omisión de ejercer el derecho de prueba no dé lugar a exigir el pago de una preliquidación mediante el procedimiento administrativo de ejecución.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.