La compensación agraria, una vez reconocida por resolución presidencial, no puede ser declarada extemporánea sin oír al afectado y sin cumplir las formalidades del procedimiento.
El quejoso obtuvo una resolución presidencial que reconocía su derecho a una compensación agraria debido a un indebido deslinde de terrenos comunales. Al solicitar dicha compensación, las autoridades la declararon extemporánea sin seguir el procedimiento adecuado. El tribunal determinó que esta acción violaba las garantías constitucionales del quejoso, ya que se le privaba de un derecho reconocido sin el debido proceso, por lo que concedió el amparo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.