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SEGUNDA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la controversia constitucional 538/2023, determinó que el artículo primero transitorio del Decreto de 23 de abril de 2021, que reforma diversas disposiciones en materia de subcontratación laboral, no viola el principio de igualdad, al establecer un plazo diferenciado para la entrada en vigor de las nuevas normas para el sector privado y el sector público.

Expediente
538/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
27 sep 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la controversia constitucional 538/2023, determinó que el artículo primero transitorio del Decreto de 23 de abril de 2021, que reforma diversas disposiciones en materia de subcontratación laboral, no viola el principio de igualdad, al establecer un plazo diferenciado para la entrada en vigor de las nuevas normas para el sector privado y el sector público.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de diversas disposiciones relativas a la subcontratación laboral, publicadas el 23 de abril de 2021. Se impugnó, entre otros, el artículo primero transitorio del decreto, argumentando una violación al principio de igualdad por establecer una entrada en vigor diferenciada para el sector privado y el público. La Corte determinó que dicha diferenciación es constitucional, al responder a la naturaleza y necesidades distintas de cada sector, y no contraviene el principio de igualdad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.