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SJF · Ejecutoria

La fundamentación de los actos de molestia emitidos por autoridades administrativas debe ser exhaustiva y precisa, citando las normas que otorgan competencia y, en su caso, los acuerdos de delegación, para garantizar la seguridad jurídica del gobernado.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
15 jul 2019
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La fundamentación de los actos de molestia emitidos por autoridades administrativas debe ser exhaustiva y precisa, citando las normas que otorgan competencia y, en su caso, los acuerdos de delegación, para garantizar la seguridad jurídica del gobernado.

Resumen

La presente contradicción de tesis analiza si las cédulas de notificación de infracción emitidas por 'vigilantes' o 'agentes de movilidad' en materia de estacionamiento en Guadalajara, Jalisco, cumplen con el requisito de debida fundamentación exigido por el artículo 16 constitucional. Los tribunales contendientes discreparon sobre si las normativas aplicables (Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco y Reglamento de Estacionamientos del Municipio de Guadalajara) otorgan competencia a dicho personal operativo para imponer sanciones, o si es necesario citar expresamente los acuerdos de delegación de facultades. El Pleno determinó que la fundamentación debe ser precisa y completa para dar certeza jurídica al gobernado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.