La improcedencia de la demanda de amparo debe desecharse de plano cuando la causal que la motiva se actualiza de manera indudable y manifiesta.
El Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de México desechó de plano una demanda de amparo al actualizarse de manera indudable y manifiesta una causal de improcedencia. El desechamiento se fundamentó en el artículo 113 de la Ley de Amparo, que faculta al juzgador a tomar esta determinación ante la evidencia de la improcedencia.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.