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121/2021OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La prescripción de la acción penal debe interpretarse de forma congruente con los plazos de caducidad de las facultades de comprobación de la autoridad fiscal, a fin de permitir la persecución de delitos fiscales.

Expediente
121/2021
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
29 sep 2021
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La prescripción de la acción penal debe interpretarse de forma congruente con los plazos de caducidad de las facultades de comprobación de la autoridad fiscal, a fin de permitir la persecución de delitos fiscales.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la congruencia entre los plazos de prescripción de la acción penal y los de caducidad de las facultades de comprobación de la autoridad fiscal. Se determina que ambos plazos deben ser armónicos para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pueda ejercer sus facultades y, en su caso, presentar querellas por delitos fiscales antes de que prescriba la acción penal. Lo anterior, con el fin de salvaguardar tanto la seguridad jurídica del contribuyente como el interés del Estado en que los delitos no queden impunes.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.