Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán· tema sin holding extraído
Aseguramiento precautorio de cuentas bancarias ordenado por Secretaria de Finanzas, no se citó fundamento para justificar que el apoderado legal sea responsable solidario de la contribuyente, ni se demostró que el quejoso tenga dicho caracter en términos del artículo 26 del Código Fiscal de la Federación.
Expediente
2205/2025
Tribunal
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán
Ponente
Mercedes del Sol Hernández Cetina
Fecha
28 abr 2026
Materia
administrativa
Sentido
concede
Tema · autorreporte del tribunal
Aseguramiento precautorio de cuentas bancarias ordenado por Secretaria de Finanzas, no se citó fundamento para justificar que el apoderado legal sea responsable solidario de la contribuyente, ni se demostró que el quejoso tenga dicho caracter en términos del artículo 26 del Código Fiscal de la Federación.
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