La determinación de dejar sin efectos el certificado de sello digital para la expedición de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) no constituye una sanción, sino un medio de control para la administración tributaria.
El criterio establece que la cancelación del certificado de sello digital (CSD) para expedir CFDI no es una sanción, sino un mecanismo de control fiscal. Se argumenta que esta medida busca asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y no viola el principio de seguridad jurídica ni el de reserva de ley, ya que se basa en disposiciones legales y reglamentarias claras. La Suprema Corte considera que el procedimiento de aclaración para subsanar irregularidades es suficiente para garantizar los derechos del contribuyente.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.