La distinción entre contribuyentes sujetos a facultades de comprobación y aquellos que corrigen su situación fiscal voluntariamente es constitucional, pues no se encuentran en circunstancias análogas ni comparables para efectos del derecho a la igualdad.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de una norma que limitaba el derecho de corrección fiscal a contribuyentes sujetos a facultades de comprobación. La Corte determinó que la distinción es válida, ya que las personas sujetas a una revisión de gabinete o visita domiciliaria no se encuentran en circunstancias análogas a quienes corrigen su situación fiscal sin mediar un acto de molestia, por lo que no se vulnera el derecho a la igualdad.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.